Curatela
¿Qué es una Curatela?
Una curatela es una relación ordenada por el tribunal en la que una persona administra las decisiones financieras y/o médicas de otra. La persona que administra se llama curador, y la persona que necesita ayuda se llama curatelado.
¿Qué es una Curatela de la Persona?
Una curatela de la persona es cuando el tribunal ordena que alguien (el curador) esté a cargo de las decisiones médicas del curatelado. El tribunal decidirá qué poderes tiene el curador y cuándo debe pedir permiso al tribunal. Por ejemplo, el poder para retirar el soporte vital generalmente requiere autorización del tribunal cuando llegue el momento.
¿Qué es una Curatela del Patrimonio?
Una curatela del patrimonio es cuando el tribunal ordena que el curador esté a cargo de las finanzas del curatelado. El tribunal decidirá qué poderes tiene el curador. El curador del patrimonio tiene un deber fiduciario hacia el curatelado. Esto significa que cada decisión que el curador tome respecto a las finanzas o propiedades del curatelado debe hacerse pensando en el mejor interés del curatelado.
¿Cuándo es Necesaria una Curatela?
Una curatela puede ser necesaria cuando una persona pierde la capacidad mental para tomar decisiones médicas o financieras por sí misma. Sin embargo, si la persona tiene documentos de planificación patrimonial en vigor antes de perder la capacidad, es posible que no sea necesaria una curatela. Estos documentos incluyen un fideicomiso, un poder notarial, una directiva anticipada de atención médica o un poder notarial para atención médica.
No obstante, el hecho de que a alguien se le haya diagnosticado "demencia" no significa que no podamos realizar una planificación patrimonial adecuada. Se debe tener mucho cuidado y tiempo para determinar si una curatela es necesaria o si existen alternativas de planificación que podemos implementar.
¿Hay maneras de evitar una Curatela?
¡Sí! Tener los documentos adecuados de planificación patrimonial puede evitar la necesidad de una curatela. Un poder notarial duradero, una directiva anticipada de atención médica y un fideicomiso pueden evitar que sea necesario iniciar un proceso de curatela.
¿Se puede objetar una Curatela?
Si cree que una curatela no es necesaria, o si considera que la persona que solicitó ser curador no es un candidato adecuado, puede objetar la curatela. Esto se puede hacer presentando una objeción ante el tribunal o presentando una petición competitiva para ser el curador.
¿Quién debe ser el Curador?
El Curador debe ser una persona que esté dispuesta y capacitada para asumir la responsabilidad de las decisiones médicas y/o financieras del curatelado. Muchas veces, esta persona es un hijo adulto u otro familiar. Si no hay ningún familiar que pueda o deba ser el Curador, un Fiduciario Profesional puede ser la mejor opción. Un Fiduciario Profesional es una persona que actúa como Curador, Fideicomisario y Apoderado para varias personas.
¿Cuál es el proceso para obtener una Curaduría?
El proceso para obtener una Curaduría comienza determinando si esta es la mejor opción y la alternativa menos restrictiva para ayudar a una persona. Esta decisión la toma nuestra firma tras discutir la situación con la familia y también con el presunto curatelado. Si se determina que la Curaduría es necesaria y la mejor opción, se presenta una Petición de Curaduría ante el Tribunal. Luego, el Tribunal evaluará si el Peticionario (la persona que presentó la Petición de Curaduría) es adecuado para ayudar al curatelado. Después de este proceso, se emiten las Cartas de Curaduría o una Orden Judicial, y el Curador puede comenzar a asistir al curatelado.
¿Cuáles son las responsabilidades continuas de un Curador?
Además de tener un deber fiduciario con el curatelado, es decir, actuar siempre en su mejor interés, el Curador tiene responsabilidades continuas. Primero, el Curador debe rendir cuentas ante el Tribunal después del primer año de haber sido nombrado. Esto significa informar al Tribunal sobre lo que ha ocurrido con las finanzas del curatelado durante el último año. Luego, el Curador debe rendir cuentas cada dos años ante el Tribunal hasta que la Curaduría termine. Además, el Curador debe solicitar permiso al Tribunal para realizar ciertas acciones, como vender propiedades inmobiliarias del curatelado, mudarlo fuera del estado, desconectarlo del soporte vital, entre otras acciones.

